Análisis de la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2020-0020 emitida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

En el presente artículo abordaremos:

  • ¿Qué se considera como activo intangible?
  • ¿Cuáles son los requisitos para ser calificados como compañías en valoración de activos intangibles?
  • ¿Qué necesito para renovar mi calificación?
  • ¿Cuáles son las obligaciones de las compañías especializadas en valoración de activos intangibles?
  • ¿Qué debe contener un informe de valoración de activos intangibles?
  • ¿Qué se necesita para contratar los servicios de valoración de activos intangibles?

Antecedentes:

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros el 22 de febrero del 2021, emitió el Reglamento para la calificación y registro de compañías especializadas en valoración de activos intangibles.

¿Qué se considera como activo intangible?

De manera general, son activos los cuales se esperan beneficios económicos futuros, como las marcas, patentes, diseños industriales, obtenciones vegetales, secretos empresariales, derechos de autor, nombres comerciales, franquicias, espectro radioeléctrico, etc.

¿Cuáles son los requisitos para ser calificados como compañías en valoración de activos intangibles?

Para la obtención de la calificación y registro por parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, se deberá cumplir con los siguientes requisitos;

  1. Solicitud de calificación suscrita por el representante legal
  2. Que conste en el objeto social de la compañía una actividad relacionada a la valoración de activos intangibles.
  3. Estar al día en el cumplimiento de obligaciones con la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
  4. Experiencia de mínimo 5 años en valoración de activos intangibles.
  5. Nómina y hoja de vida del representante legal y de los profesionales que realizarán la actividad de valoración de activos intangibles.
  6. Demostrar que los profesionales han realizado por lo menos 10 peritajes y un mínimo de 80 horas de formación en la materia.

¿Qué necesito para renovar mi calificación?

Para la renovación de la calificación de una compañía valuadora de activos intangibles deberá presentar:

  1. Lista de las compañías cuyos activos intangibles hayan sido valorados
  2. Lista de profesionales que participaron en la valoración de intangibles con su hoja de vida y numero de cedula.
  3. Declaración responsable de que sigue cumpliendo con las condiciones y requisitos necesarios para la obtención de la calificación
  4. Dirección domiciliaria y correo electrónico, casilla postal y número telefónico.
  5. Nómina de sus administradores y la de sus socios o accionistas.

¿Cuáles son las obligaciones de las compañías especializadas en valoración de activos intangibles?

Las compañías que son calificadas para la valoración de activos intangibles, se encuentran regidas pajo esta resolución, por lo que sus obligaciones son:

  1. Presentar un informe en el que se detalle el método de valoración y los criterios técnicos aplicados
  2. Mantener actualizados los datos relacionados con la dirección domiciliar, de correo electrónico y de los números de casilla y teléfono
  3. Responder ante las compañías contratantes y la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros sobre los resultados del avalúo que hubieran efectuado
  4. Mantener a disposición de la Superintendencia los papeles de trabajo, hojas de cálculo y otros documentos que soporte el avaluó de intangibles.

¿Qué debe contener un informe de valoración de activos intangibles?

Los informes sobre la valoración de activos intangibles deberán contener:

  • Descripción del sistema de valoración empleado
  • Detalle de los criterios técnicos aplicados
  • Identificación del tipo de intangibles
  • Área de explotación del activo
  • Costo inicial del activo
  • Metodología de valoración
  • Lista de activos avaluados con la indicación del nuevo valor
  • Firma del profesional evaluador
  • Fecha de emisión

¿Qué se necesita para contratar los servicios de valoración de activos intangibles?

Para la contratación de los servicios de valoración de activos intangibles se requerirá de una previa autorización de la junta general de socios o accionistas de la compañía contratante y de la intervención del representante legal de la compañía a ser contratada.

Registro Oficial No.: En el Registro Oficial 395 del 22 de febrero de 2021.

Vigencia: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Referencias: Ediciones Legales. 2021. Obtenido de: http://www.edicioneslegales-informacionadicional.com/webmaster/directorio/RO395_20210222.pdf