¿Para quién aplica este diferimiento especial?

El diferimiento generado por el Servicio de Rentas Internas SRI aplica para todos los Sujetos Pasivos del impuesto a la renta IR a sociedades del ejercicio 2019. Diferenciando de los contribuyentes del régimen tributario común y entre las Instituciones sin fines de lucro e Instituciones del Estado.

¿Cuáles son los beneficios?

  • Prórroga de la fecha de presentación de la declaración de IR sociedades 2019.
  • NO se generan multas ni intereses, siempre que se cumplan con los plazos.

Si pertenezco al régimen tributario común ¿Cuándo puedo presentar la declaración de IR sociedades 2019?

Por única vez, se puede presentar la declaración de IR del ejercicio fiscal 2019, según el siguiente calendario:

9no dígito RUC FECHA DE VENCIMIENTO (hasta)
1 y 2 15 de abril de 2020
3 y 4 17 de abril de 2020
5 y 6 21 de abril de 2020
7 23 de abril de 2020
8 y 9 29 de abril de 2020
0 30 de abril de 2020

Si soy institución sin fines de lucro o institución del Estado ¿Cuándo puedo presentar la declaración de Impuesto a la Renta 2019?

Por única vez, se puede presentar la declaración de IR del ejercicio fiscal 2019, según el siguiente calendario:

9no dígito RUC FECHA DE VENCIMIENTO (hasta)
1 y 2 4 de mayo de 2020
3 y 4 5 de mayo de 2020
5 y 6 6 de mayo de 2020
7 y 8 7 de mayo de 2020
9 y 0 8 de mayo de 2020

En caso de inquietudes, por favor consúltenos:

Andrés López Valencia alopez@cevallosnoboa.com

Francisco X. Cevallos fcevallos@cevallosnoboa.com