Análisis de la resolución Nro. NAC-COM-21-23 emitida por el Servicio de Rentas Internas SRI.

El Servicio de Rentas Internas cumplió los requisitos y estándares Internacionales para el intercambio automático de información de cuentas financieras en otros países, de contribuyentes ecuatorianos, esto fue reconocido mediante el Foro Global de Transparencia Fiscal.

¿Cómo lo hicieron?

Aplicaron procesos para la recepción y envío de información; con seguridad física, informática e institucional.

¿Qué significa?

El SRI tiene la posibilidad de obtener información detallada sobre activos, ingresos, estados financieros, cuentas bancarias o financieras, contratos y transacciones realizadas por contribuyentes ecuatorianos en el extranjero.

¿De qué maneras obtendrán información?

  • De manera automática
  • Previa petición
  • Mediante la implementación de auditorías fiscales simultáneas o en el extranjero.

¿Cómo repercute esto en los contribuyentes?

  1. Artículo de la Ley de Régimen Tributario Interno
    • Sanción por ocultamiento patrimonial: Del 1 al 5% del valor total de los activos o del valor total de los ingresos.
  2. Artículo del Código Orgánico Integral Penal
    • Defraudación tributaria: Pena privativa de libertad de 1 a 10 años dependiendo de la gravedad.

¿Qué puedo hacer?

Es necesario realizar un análisis pormenorizado con el objetivo de regularizar los ingresos o el patrimonio que se genere en el exterior.

Los profesionales del área Tributaria de CEVALLOS & NOBOA se encuentran dispuestos para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa, la aplicación de las normativas aquí expuestas. La presente información, no es ni podrá ser usada como asesoría u opinión legal ya que se trata de un documento puramente informativo.